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Home Mundo Generales Esquina: fijaron límites para pegar carteles
Esquina: fijaron límites para pegar carteles
02.09.11 by portalnea   

El proyecto originalmente pretendía regular la difusión electoral pero éste se amplió para cualquier tipo de publicidad. Quienes pretendan tanto instalar cartelería como pegar afiches, deberán solicitar permiso al Municipio y sólo podrán hacerlo en los lugares que les asignen o -con previa autorización escrita- en propiedades privadas. Los infractores deberán abonar multas que van desde los $200 a los 5 mil.

Sólo se podrá publicitar en los lugares fijados por la Municipalidad o en sitios privados pero con el consentimiento por escrito del propietario.
EL DATO
La propaganda efectuada mediante alto parlantes instalados en locales comerciales o de las diferentes agrupaciones políticas y en vehículos especiales se efectuará de 8 a 12 y de 16 a 20.

Tras el previo análisis en tres comisiones y la incorporación de varios artículos, se aprobó en la última sesión un proyecto para regular las campañas publicitarias en Esquina. La norma fija una serie de reglas que deberán cumplir los anunciantes como así también las multas que deberán abonar quienes infrinjan la regulación que estiman será promulgada sin problemas por el Ejecutivo municipal. Aseguran que de esta forma buscan mantener limpia la ciudad y proteger los inmuebles tanto públicos como privados.
El autor del plan y presidente del Concejo, Armando Tognola, explicó a El Litoral que originalmente el objetivo era regular las acciones de difusión durante las campañas electorales, en especial evitar las pegatinas y las pintadas que dañan la estética de una ciudad que busca potenciar la actividad turística. “Pero finalmente se amplió a todo lo que sea publicidad y propaganda, independientemente de cuál sea el fin que persiga”, aclaró Tognola. En este sentido, destacó el aporte de sus pares y el apoyo para la aprobación de la norma.
El proyecto antes de ser sometido a votación en la noche del último miércoles, fue analizado por tres comisiones: Ecología, Hacienda y Obras Públicas y Legislación y Gobierno. En esta última fue donde se redactó casi la totalidad de los artículos incorporados.
Sobre esto, la concejal María Eugenia Mancini explicó a El Litoral que en primer lugar quienes pretendan llevar adelante alguna campaña de difusión que implique cartelería deberán solicitar permiso a la Municipalidad.
La solicitud deberá estar dirigida a la Dirección de Obras Públicas y deberá consignar dónde se colocará la publicidad o propaganda. De ser esto en un inmueble privado, la nota deberá ad-juntar la autorización por escrito del propietario del predio donde se instalará el panel para colocar el cartel o se pegarán los afiches.
Mientras que en el caso de que se pretenda publicitar en espacios de uso público, sólo podrá efectuarse en los lugares dispuestos por la Municipalidad para tal fin.
La Dirección de Obras Públicas tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para emitir una respuesta, ca-so contrario se considerará aprobada la solicitud.
Asimismo, la habilitación tendrá una fecha de vencimiento, que en el caso de los partidos políticos será hasta la semana inmediata siguien-te del acto eleccionario.

Prohibido
La ordenanza aprobada por el Concejo también establece que queda prohibido realizar publicidad o anuncios en las instalaciones de entidades públicas, privadas y los locales de las iglesias de cualquier credo.
En tanto que tampoco se pueden realizar pintadas o inscripciones, pegar afiches, pósteres, panfletos o cualquier otro tipo de imágenes en calzadas y muros de muebles públicos y privados, en postes de servicios, en la costanera, playa, parques o paseos públicos.
Asimismo, la normativa indica que “está prohibida la colocación de instrumentos publicitarios (soportes) sobre árboles, plantas, sobre cualquier tipo de columnas incluidas las de servicios públicos; sobre brazos de extensión, toldos, veredas, calzadas, cordones, cercos, barandas, pasarelas y demás construcciones del dominio público. Salvo ocasiones especiales de propaganda electoral en que el Municipio podrá autorizar indicando el lugar autorizado, resguardando siempre la igualdad entre las diferentes agrupaciones políticas”.
Con respecto a esto último aclara que “para el caso específico de la publicidad electoral sólo se encuentran permitidos, además de la publicidad sonora y de los audiovisuales, la instalación de pasacalles (no más de tres por cuadra) pancartas, banners, afiches y pintadas, siempre contando con la autorización por escrito del propietario del inmueble y de la autorización municipal”.

Fuente: www.tncorrientes.com

 

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